La Justicia frenó el cierre de Vialidad Nacional dispuesto por decreto presidencial
Redacción Central ✍️ Diario Digital CM24HORAS
El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N° 2 hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA) y suspendió por seis meses el cierre de la Dirección Nacional de Vialidad, ordenado por el Gobierno nacional mediante el decreto 461/2025.
La resolución, firmada por la jueza federal Martina Forns, cuestiona la legalidad del decreto del presidente Javier Milei, que preveía la disolución del organismo y el traspaso de sus funciones al Ministerio de Economía y a la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte.
Según la magistrada, el artículo 3° de la Ley Bases (N° 27.742) no otorga al Ejecutivo facultades para eliminar organismos descentralizados creados por ley, como es el caso de Vialidad Nacional, que cuenta con más de 93 años de existencia. Además, subrayó que dicho organismo fue expresamente excluido del proceso de reorganización administrativa planteado por la norma.
En su resolución de nueve páginas, a la que tuvo acceso este medio, Forns alertó sobre las consecuencias inmediatas que la aplicación del decreto podría acarrear: traslados forzosos, desvinculaciones encubiertas y vaciamiento funcional, en una estructura técnica que requiere autonomía operativa para garantizar su misión institucional.
“Existe riesgo cierto de un daño inminente e irreparable que puede derivar en un perjuicio efectivo”, argumentó la jueza al fundamentar su decisión.
La cautelar también señala que el artículo 32 del decreto ponía en juego la estabilidad del personal al supeditar su continuidad a futuras decisiones administrativas, lo que vulnera derechos laborales protegidos por convenios colectivos de trabajo y por normas de jerarquía constitucional. En ese sentido, Forns recordó que cualquier disposición que altere o desnaturalice estas garantías resulta nula de nulidad absoluta, conforme lo establecido por los artículos 7 y 12 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Otro frente judicial
En paralelo, la justicia laboral porteña se declaró incompetente ante un amparo similar presentado por el Sindicato de Trabajadores Viales de la República Argentina. El titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 23, Pablo Candal, resolvió remitir la causa al fuero Contencioso Administrativo Federal, por tratarse de una cuestión vinculada con normas de derecho público de la administración nacional.
Con esta decisión, el futuro de Vialidad Nacional queda en suspenso, a la espera de que la Justicia defina si el Ejecutivo puede avanzar en la disolución de uno de los organismos más relevantes en materia de infraestructura vial del país.
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