COMO PRESENTAR PROYECTOS EN LA CONVENCION

COMO PRESENTAR PROYECTOS EN LA CONVENCION

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CÓMO PRESENTAR PROYECTOS EN LA CONVENCIÓN
PLAZO: Los interesados podrán presentar sus iniciativas hasta el domingo 27 de julio a las 8 am.
DÓNDE SE PRESENTAN:
Los proyectos pueden presentarse por Mesa de Entrada del Senado en la Legislatura provincial, cito en General López 3055 de la ciudad capital. O virtualmente a través de la web oficial, previo al registro de ID Ciudadana.
https://www.santafe.gob.ar/ms/reformaconstitucion/
haciendo click en el botón “Sumá tu propuesta”

Una vez registrados en la plataforma ID Ciudadana, los interesados deberán completar una serie de instancias para poder enviar
digitalmente su proyecto.
En primer lugar, rellenar el formulario de Atención Virtual. En esta instancia, la plataforma le requiere al usuario:
Nombre y apellido; Tipo de Documento; Número de documento;
Cuil / Cuit; correo electrónico; todos estos campos son
obligatorios.

Completados los obligatorios, el usuario deberá guardar y continuar en el siguiente paso: Datos de la presentación. En esta sección, se debe
completar sólo con una opción entre dos: Persona Humana / Persona Jurídica.

Con los dos pasos anteriores resueltos, aparece el último requerido: cargar el proyecto propiamente dicho. De acuerdo a la plataforma, se lo
puedo subir al sistema en formato PDF, JPG y PNG; es decir, acepta imágenes.

ID Ciudadana
ID Ciudadana es el sistema de identificación digital de la Provincia de Santa Fe que permite al usuario registrarse para el uso de sistemas informáticos y el acceso a servicios digitales.
Para generar un usuario, en caso de no contar con uno, es necesario
ingresar con el número de CUIL y tener a mano DNI para escanearlo o tomar fotos.


Más información en https://www.youtube.com/watch?v=nO9ZeTEBmjk


COMISIONES: También quedaron conformadas las comisiones de la Convención. Son 8, a saber:

CONVENCIONCONSTITUYENTE
CONVENCIONCONSTITUYENTE


1. Comisión de Labor Parlamentaria: su función es coordinar sesiones, temarios y consensos interbloques.

2. Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento: se ocupará de los aspectos administrativos y del control de validez de los títulos de los convencionales.

3. Comisión Redactora: tendrá la tarea de recibir los despachos de las demás comisiones y redactar el texto final de la reforma, ajustando la
redacción técnica sin modificar el fondo.

4. Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías: abordaderechos fundamentales y temas como ambiente, derechos digitales y
acción positiva.

5. Comisión de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo: analizará reformas sobre mandatos, reelecciones, funcionamiento institucional y
sesiones legislativas.

6. Comisión de Poder Judicial y otros Órganos Constitucionales:
tratará temas vinculados al MPA, la Defensa Pública, la Defensoría del Pueblo y la estructura judicial.

7. Comisión de Régimen Municipal, Derecho a la Ciudad y Ordenamiento Territorial: debatirá reformas al régimen de municipios
y comunas y el reconocimiento del “derecho a la ciudad”.

8. Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana: incluirá propuestas de democracia semidirecta, servicios
públicos, políticas públicas, participación ciudadana y la cláusula sobre la causa Malvinas.


A CONTINUACIÓN TRANSCRIBIMOS LO ESTIPULADO EN EL REGLAMENTO:

Capítulo I. Presentación de proyectos

Artículo 39°. Proposiciones. Los bloques constituidos, cualquier convencional y la ciudadanía en general, podrán promover asuntos
que deberán presentarse a la Convención en forma de proyecto de reforma a la Constitución o de proyecto de resolución, con excepción
de las mociones establecidas en este Reglamento, siempre que tengan por objeto los artículos o temas establecidos por la Ley N° 14.384.


El plazo para la presentación de proyectos de reforma de la Constitución vencerá luego de transcurridos diez (10) días corridos
desde la aprobación del presente Reglamento, sin perjuicio de que las Comisiones inicien su labor antes de dicho momento.

Artículo 40°: Los proyectos de reforma ingresados serán remitidos a La Secretaría Parlamentaria la que propondrá a la Comisión de Labor
Parlamentaria su asignación directa a las Comisiones respectivas, de conformidad con las competencias de cada una.

Artículo 41°. Proyectos de reforma. Se presentará en forma de proyecto de reforma a la Constitución toda proposición que tenga por
objeto la modificación de alguna o algunas disposiciones de la Constitución en relación con los artículos o temas habilitados.

Artículo 42°. Proyectos de resolución. Se presentará en forma de proyecto de resolución toda proposición que tenga por objeto la
adopción de medidas relativas a la composición u organización interna de la Convención y, en general, toda disposición de carácter imperativa
que adopte la Convención dentro de sus atribuciones.

Artículo 43°. Forma. Todo proyecto se presentará por escrito y firmado por su autor o autores, en soporte físico o digital. La Comisión
de Labor Parlamentaria propondrá a la Convención la distribución de los proyectos en las Comisiones, según las competencias de cada una.

 

 

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